El equipo de COMPLIANCE del despacho está formado para en colaboración directa con LEX EMPRESA y otros profesionales, poder proporcionar a los clientes una defensa integral frente a los riesgos penales que afectan a la empresa.
Para ello apoyamos a nuestros clientes en el proceso de diseño y la implantación de programas de cumplimiento
Tenemos en consideración los términos sectoriales a la hora de adaptar protocolos y procedimientos. Apoyamos a nuestros clientes en la configuración de modelos de gestión y organización para la prevención de hechos delictivos (Art. 31 bis Código Penal).
En la era de Compliance se hace patente la necesidad de Compliance Programas específicamente penales, de cara tanto a su efectividad actual en las jurisdicciones internas e internacionales, como a su aún mayor relevancia potencial a la luz de la incipiente reforma del Código penal español.
Asesoramos a Consejos de Administración sobre la idoneidad jurídico-penal de determinadas decisiones ya adoptadas o pendientes de adopción. Nuestros servicios se adaptan a las exigencias tanto de grandes corporaciones nacionales e internacionales como a las necesidades de PYMEs o la Administración Pública.
Todo ello sin dejar de aplicar las técnicas y estrategias tradicionales de defensa.
Pongase en contacto con nuestro departamento de CORPORATE COMPLIANCE en
compliance@bufeteenriquedesantiago.es
PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PENALES (COMPLIANCE)
DECALOGO DE VENTAJAS QUE OFRECE A LA EMPRESA
1º.- Evita condenas penales a la persona jurídica, administradores y personal de la organización
2º.- Previene sanciones administrativa.
3º.- Disminuye la posibilidad de incurrir en responsabilidad civil
4º.- Mejora la gestión de la empresa e implementa políticas de buen gobierno.
5º.- Incremento de la reputación de la empresa en el mercado u de la tranquilidad que ofrece la protección.
6º.- Aumenta la confianza del cliente e incrementa el valor de la marca
7º.- Contribuye a la generación de transparencia, igual y justicia social
8º.- Ventajas competitivas en procesos de contratación con grandes corporaciones o Administraciones Públicas, cumpliendo la Ley de Contratos del Sector Público.
9º.- Necesario para obtener ayudas y financiación de diversos organismos nacionales e internacionales,
10º.- Necesario para operar con empresas de la Unión Europea, Estados Unidos y en mercados internacionales